ACTIVIDADES A DESARROLLAR
1.
CODIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA
DEL BANCO DE OCCIDENTE
1. PRINCIPIOS GENERALES
El Banco de Occidente tiene la convicción de que, para consolidarse y desarrollarse, debe partir de objetivos empresariales y principios éticos estrictos los cuales deben ser compartidos por todos sus funcionarios y empresarios.
La misión del Banco de Occidente se traduce en una sólida vocación de servicio al cliente, a través de una preocupación constante por satisfacer sus demandas y superar las expectativas, por medio de un espíritu de excelencia, esta misión es la que guía nuestras acciones como empresa y compromete a todo el personal independientemente de su rol dentro de la organización, con nuestro profesionalismo y calidad del servicio que brindemos a nuestros clientes, estableceremos una diferencia muy difícil de imitar y contribuiremos al crecimiento de nuestra empresa como líder en el mercado.
Nuestro objetivo primordial debe ser, además del respecto a las leyes y normas de los países en donde se opera, mantener y proteger la reputación de nuestro Banco como empresa sólida y confiable, consciente de nuestra responsabilidad social y empresarial, conformada por grupo humano de excelencia, quienes a través de los valores fundamentales de lealtad, sentido de superación, innovación y dedicación constante a la labor que realizan, buscan obtener resultados en forma honesta, justa, legal y transparente.
Nuestro actuar debe estar permanentemente marcado por la integridad, la confianza y la lealtad, así como por el respeto y la valorización del ser humano, en su privacidad, individualidad y dignidad, asimismo, repudiar cualquier actitud guiada por prejuicios relativos al origen, grupo étnico, religión, clase social, sexo, color, edad, incapacidad física y cualquier otra forma de discriminación.
Nuestros trabajadores deben comprometerse a velar por los valores y la imagen del Banco, mantener una postura compatible con esa imagen y esos valores y actuar en defensa de los intereses de los clientes y de la empresa. La búsqueda por el desarrollo del Banco de occidente deberá basarse en esos principios, con la confianza de nuestros accionistas, y guiados por los más elevados estándares éticos y estricto respeto a la legalidad.
2. SON COSIDERADAS CONDUCTAS INACEPTABLES.
Establecer o mantener relaciones comerciales, haciendo uso de su condición de representante y/o integrantes del Banco de occidente, con otras empresas en las que el empleado y sus familiares tengan interés o participación –directa o indirectamente, salvo que exista autorización del Comité de Ética
Usar su cargo, función o información a la que tiene acceso sobre los negocios y asuntos del Banco de occidente o sus clientes, para influir en las decisiones que puedan favorecer a intereses propios, de sus familiares o de terceras partes.
Cualquier actitud que discrimine a las personas con quienes mantenemos contacto, en función de color, sexo, religión, origen, clase social, edad o incapacidad física.
Poseer o vender bebidas alcohólicas, o sustancias tóxicas dentro de las instalaciones del Banco de occidente, o trabajar bajo la influencia de éstas. Esto no incluye medicamentos de uso genérico o aquellos que sean suministrados bajo prescripción médica.
Usar equipos, servicios y/u otros recursos del Banco de occidente para fines particulares no autorizados.
Los bienes adquiridos por los empleados a nombre del Banco de occidente no podrán ser usados para uso o beneficio propio o de terceros.
Realizar actividades particulares no autorizadas, que interfieran con el tiempo de trabajo dedicado al Banco de occidente
Usar para fines particulares o transferir a terceros las tecnologías, metodologías, y otras informaciones que pertenezcan al Banco de occidente, o que han sido desarrolladas u obtenidas por la misma.
Pronunciarse o emitir opinión en nombre del Banco de occidente sin estar autorizado o calificado para ello.
3. RELACIONES CON LOS CLIENTES
El compromiso con la satisfacción de nuestros clientes se deberá reflejar en el respeto a sus derechos y en la búsqueda de soluciones que atiendan a sus intereses, siempre en concordancia con los objetivos de desarrollo y rentabilidad del Banco de occidente brinda a los clientes una atención caracterizada por la cortesía y la eficiencia, ofreciendo informaciones claras, precisas y transparentes. El cliente deberá obtener respuestas, aún cuando fueren negativas, a sus solicitudes, en forma adecuada y dentro del plazo esperado por el mismo.
Debe evitarse dar tratamiento preferente a cualquiera que sea por interés o sentimiento personal.
4. RELACIONES CON TERCEROS
Observar los más elevados estándares de honestidad e integridad en todos los contactos con administradores y empleados del sector público, evitando siempre que su conducta pueda parecer impropia. Abstenerse de manifestar opinión sobre actos o actitudes de funcionarios públicos, o de hacer comentarios de naturaleza
Política.
Al defender los intereses de RIPLEY, actuar con confianza en los estándares de actuación de nuestra empresa y observar siempre los más elevados principios éticos y el respeto a las leyes y normas vigentes.
5. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
Durante el desempeño de sus labores, el personal puede tener acceso o escuchar información confidencial acerca de actuales o potenciales clientes, proveedores, accionistas y otros empleados, esta información deberá ser mantenida en la más estricta confidencialidad, solo podrá ser utilizada para fines corporativos y nunca para beneficio propio.
Bajo ninguna circunstancia la información obtenida en el ejercicio de sus funciones
(Sea de los clientes, proveedores, o de la empresa misma) puede ser transmitida a terceras personas fuera de RIPLEY incluyendo familiares, asociados u otros empleados del Grupo, en este último caso salvo que requieran conocer dicha información para el desempeño de sus funciones y cuando se trate de consultas de rutina sobre créditos, o la información sea requerida por una autoridad judicial dentro de un proceso legal o esta sea autorizada por los clientes.
6. REVELACIÓN DE NOTICIAS O INFORMACIÓN CORPORATIVA
No se divulgará información financiera de RIPLEY a ninguna persona salvo que esta sea incluida en un informe publicado o que fuera puesta a disposición del público.
Los siguientes temas no deberán ser discutidos en ninguna ocasión con los medios de comunicación o en cualquier otro foro público:
1. Asuntos confidenciales de negocios que pudiesen ser de interés para la competencia.
2. Información sobre los clientes o empleados, así como sobre sus transacciones con RIPLEY.
7. LAVADO DE ACTIVOS
RIPLEY apoya firmemente el esfuerzo internacional en la lucha contra crímenes graves, especialmente el tráfico de drogas y el terrorismo y tiene la obligación y compromiso de apoyar a las autoridades en la identificación de transacciones de lavado de activos, por ello todo el personal de RIPLEY se encuentra obligado a cumplir con los siguientes principios básicos:
1. Establecer la identidad del cliente que realiza una transacción con RIPLEY, a partir de documentos de identidad oficiales.
2. Establecer los requerimientos de documentación para la identificación del cliente y abrir y mantener cuentas o ejecutar transacciones solo después de la verificación de la documentación.
3. Si se tiene la sospecha que una transacción realizada por un cliente pudiera estar relacionada con hechos ilícitos deberá reportarse de inmediato al Oficial de Cumplimiento, sin advertir a dicho cliente.
A.)
Si, ya que gracias a esas normas, se evitan verse envueltas o servir de medio para la facilitación o realización de operaciones de lavado de activos y financiación de terrorismo.
Dichas normas son la base para establecer y poner en práctica un adecuado sistema de prevención del lavado de activos.
B.)
1.1
Son pautas fijadas en la práctica nacional e internacional, con el ánimo de establecer herramientas que identifiquen la posible existencia de una actividad delictiva como el lavado de activos, que afecta el giro normal de las operaciones de las actividades financieras.
· Operaciones que no coinciden con la capacidad económica del cliente
· Operaciones que no coinciden con el perfil del cliente
· Solicitudes frecuentes de efectivo por montos importantes
1.2
Mantener actualizados los antecedentes de sus clientes en el curso de su relación comercial, de modo de asegurarse que los datos de identificación y financieros estén siempre al día। Todo esto con el objetivo de asegurar que las operaciones que realizan esos clientes, son coherentes con la actividad de sus negocios y su perfil de riesgo।
1.3

1.4
Al suministrar una información clara y detallada de los diferentes procesos y registros, o de cualquier operación, los clientes se sentirán más seguros y satisfechos, y por consiguiente querrán mantener relaciones con nuestra identidad.
1.5
El reporte de obligaciones sospechosa es un deber que tienen las entidades financieras de informar a las autoridades competentes aquellas operaciones que, conforme a su buen criterio y teniendo en cuenta la información acerca del cliente y del mercado, se considera irregulares o extrañas.
El cargo de Oficial de Cumplimiento tiene por objeto exclusivo administrar el Programa de Prevención del Lavado de Dinero y de Otros Activos, y del Financiamiento al Terrorismo, en adelante referido como Programa de Prevención o simplemente Prevención, que incluye coordinar, gerenciar, gestionar, ejecutar e implementar los procedimientos, políticas y controles de dicho Programa adoptado por la respectiva institución supervisada, conforme las leyes, reglamentos, normas, resoluciones, circulares, instrucciones, estándares, mejores prácticas, manuales, y planes internos sobre la materia.
1.6
Es de gran importancia ya que ayudan a evitar que se presenten incidentes de lavado de activos, ya que sí se presentan, esta en juego la reputación de la entidad.
1.7
Porque así los funcionarios se sentirán informados desde el punto de vista de prevención del lavado de activos y estarán seguros al ofrecer nuevos productos financieros.
2. A.
b.


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